Cada una de la Comisiones estará conformada por representantes del sector público y representantes de las comunidades.
Las CAL tendrán las funciones de fomentar la participación ciudadana en los diferentes procesos de gestión ambiental adelantados en la localidad a través de campañas, foros, capacitaciones y demás actividades que estimulen la corresponsabilidad de los diferentes actores estratégicos locales con los recursos naturales y el ambiente.
Fortalecerán y operarán las estrategias de educación ambiental en la localidad teniendo como marco fundamental la Política Pública Distrital de Educación Ambiental (PPDEA), el Plan de Gestión Ambiental (PGA) y la normatividad vigente.
El decreto también incluye el apoyar el desarrollo de las actividades tendientes a la promoción, prevención y control de problemas de salud en el abordaje de temas sociales con énfasis ambiental de forma particular en cada localidad.
Los Comités contarán con un sistema de información ambiental local que regirá bajo los lineamientos que determinen los organismos distritales del sector central correspondientes en la materia.
Otra de las tareas que deberá realizar los comités es el de apoyar y gestionar iniciativas y propuestas ambientales comunitarias con el sector público y privado, de orden local, distrital, nacional e internacional.
Fuente: Elespectador.com